Divorcio Culposo
Podrá ser demandado por uno de los cónyuges, por falta imputable al otro, siempre que constituya una violación grave de los deberes y obligaciones que les impone el matrimonio, o de los deberes y obligaciones para con los hijos, que torne intolerable la vida en común. A diferencia del divorcio de común acuerdo y el divorcio unilateral, no requiere acreditar un plazo de cese de la convivencia. Sin embargo, el demandante deberá contar con pruebas sobre abundantes sobre el hecho que imputa.
Tramitación:
- Ingreso de demanda en el Juzgado de Familia del domicilio del demandado/a.
- Notificación de la demanda.
- Citación Audiencia Preparatoria.
- Citación Audiencia de Juicio.
- Sentencia.
- Duración del tramite 8 meses aproximadamente.